La responsabilidad civil es la cobertura que todos los seguros incluyen para reparar el daño que ha causado a otro habitualmente mediante el pago de una indemnización. Esta puede ser contractual o extracontractual.

La responsabilidad civil esta incluida en el artículo 1.902 del Código Civil, pues cuando alguien por acción u omisión provoca un perjuicio a otro, y se de forma consciente o a través de una negligencia, está obligado a subsanar el daño producido.
Por ese motivo los seguros de Responsabilidad Civil tiene el objetivo de reparar todos aquellos daños y perjuicios que hemos provocado a terceras personas o a las propiedades de estos, de forma consciente o no.
Para cada situación o actividad, nos encontramos con diferentes seguros de responsabilidad Civil, pues existen para cubrir los errores de los diferentes profesionales, ya sean administrativos contables, asesores, médicos, mecánicos, abogados, arquitectos… o responsabilidades civiles para cubrir actividades de diversos colectivos como clubes ciclistas, asociaciones vecinales.
Pero debemos hacer hincapié en el Seguro de Responsabilidad Civil del hogar, normalmente incluido en los Seguros del Hogar donde no solo se asegura el contenido y el continente, sino los daños que podamos hacer a los vecinos.
La Responsabilidad Civil tiene un límite en cuanto a la cobertura económica se refiere, la cantidad mínima que las compañía de seguros suelen destinara a son a esta cobertura son 150.000€, pero que puede ser aumentada por el asegurado si lo desea. No obstante los expertos aconsejan que se realice ese aumento hasta los 300.000€.
Con esta cobertura incluida en la póliza de seguro del hogar proporcionan cobertura ante las diversas reclamaciones que el asegurado deba afrontar por posibles daños personales y materiales ocasionados a terceras personas, en las cuales no estarían incluidas personas con relación de consanguineidad de hasta primer grado.
Esta cobertura también cubre a las personas que viven en el hogar asegurado, el cónyuge del asegurado que suscribió el seguro de hogar, los hijos del mismo, el personal de servicio, etcétera…en resumen todas aquellas que dependan de forma económica del asegurado, así como todos los daños ocasionado por los animales de compañía que estén declarados en póliza.
Por ejemplo si nuestro hijo jugando en el parque con un balón, rompiese el cristal de la ventanilla de un coche o el cristal de la puerta de entrada al bar del parque, con esta responsabilidad civil, tendríamos cubierto la sustitución del mismo al propietario del bar o del coche.
Lo que no estaría cubierto por la responsabilidad civil de nuestro seguro de hogar sería los daños ocasionados por un perro considerado como peligroso o de caza, y los daños ocasionado por conducir un vehículo para lo cual necesitaríamos un seguro de coche que desde Seguros Ad hoc podremos proporcionarle un seguro muy barato.
Buen articulo!!